Gestión de Estados Financieros

Contabilidad y Finanzas en la Empresa.

Archivos de la categoría ‘Economía’

Información contable y financiera de la Banca española (2008).

Publicado por Antonio Esteban en abril 12, 2009

Recientemente  la Asociación Española de Banca (AEB) presentó los resultados del ejercicio 2008 junto con aspectos relevantes de la situación de la banca en España.

Los datos de especial consideración son los siguientes:

Buenos beneficios a pesar de las dificultades.  


 

Gran esfuerzo en dotaciones y provisiones.

    

Crecimiento diversificado. 

Buena capitalización. 

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El Estado de Flujos de Efectivo, primera parte.

Publicado por Antonio Esteban en enero 6, 2009

El Estado de Flujos de Efectivo, en lo sucesivo EFE, es el estado contable que muestra la capacidad de generar efectivo o equivalentes de efectivo que tiene la empresa, así como las necesidades de liquidez de ésta, ocupándose de: 

  • La información relativa a los movimientos de efectivo y sus equivalentes (origen y utilización), correspondientes a los dos últimos ejercicios económicos, 
  • Indicar la variación neta (efectivo y equivalentes) en el ejercicio.
  • Clasificar las variaciones de efectivo, atendiendo a su origen, en flujos de:  explotación, de inversión y de financiación

El resumen de su descripción podría recogerse de acuerdo con  la siguiente figura:

En el contexto del EFE el efectivo se identifica con los recursos financieros líquidos (tanto dinero en caja, como los depósitos bancarios a la vista) pero junto al efectivo hemos de considerar otros  activos líquidos que resultan,  a efectos del EFE, equivalentes al efectivo y que conviene precisar el alcance y contenido de los mismos.
Los equivalentes al efectivo (EQEFE), son instrumentos financieros, que:
  • Por una parte, se tienen más que para propósitos de inversión o similares, para cumplir los compromisos financieros (pagos a corto plazo), formando parte de la gestión normal de tesorería, y
  • De otra, es necesario que puedan ser fácilmente convertibles en una determinada cantidad de efectivo, y estar sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor. De esta forma el riesgo significativo de cambio de valor impediría que, por ejemplo, las acciones con cotización oficial, y obviamente las no cotizadas, se consideren como equivalentes de efectivo (aunque su conversión en liquidez es, prácticamente, inmediata si no referimos a las cotizadas) al estar sometidas a un riesgo de mercado. 
  • No obstante, la Norma Internacional de Contabilidad nº 7, en lo sucesivo NIC 7,  permite incluir las acciones preferentes con proximidad a su vencimiento, siempre que tengan una fecha determinada de reembolso, en nuestra legislación serían las acciones rescatables. 
  • El Plan General de Contabilidad (P.G.C.)  admite como horizonte temporal, de estos EQEFE, no superior a tres meses, computados desde el momento de su adquisición a su vencimiento.
  • Es evidente que los préstamos bancarios, generalmente, se incluyen en las actividades de financiación pero podrían considerarse, según la NIC 7, como equivalentes al efectivo, los descubiertos bancarios en cuentas corrientes que las entidades financieras suelen conceder a determinados clientes. En este sentido el P.G.C. señala que se podrán incluir como un componente del EQEFE los descubiertos ocasionales cuando formen parten de la gestión efectiva de la tesorería de la empresa.
  • Y, por último, a efectos prácticos, se identificará los EQEFE básicamente con las partidas de la cuenta  del P.G.C. “Inversiones a corto plazo de gran liquidez”.   

Ya hemos establecido que la información que proporciona el EFE se ordena en tres categorías de flujos ateedeindo al origen de los mismos, según se trate de actividades de: explotación, inversión y financiación. Estos flujos  pueden reflejarse según las siguientes tablas:

Flujos de Explotación

 

Flujos de Inversión  

      

Flujos de Financiación
     

  1. Formulación    

 La NIC 7 establece que los flujos de efectivo de las actividades de explotación deben formularse usando uno de los dos métodos siguientes:   

  • Método directo, según el cual se presentan por separado las principales categorías de cobros y pagos en términos brutos, y 
  • Método indirecto, según el cual se comienza presentando el resultado del ejercicio en términos netos, cifra que se corrige luego por los efectos de las transacciones no monetarias, por todo tipo de partidas de pago diferido y devengos que son la causa de cobros y pagos en el pasado o en el futuro, así como de las partidas de pérdidas o ganancias asociadas con flujos de efectivo de actividades clasificadas como de inversión o financiación. Un esquema de los ajustes a realizar se muestra en la figura siguiente:    

Aconseja la NIC 7 el método directo que, aunque requiere una mayor formulación y complejidad, suministra información que puede ser de utilidad en la estimación de los flujos de efectivo futuros, información que no se podría obtener utilizando el método indirecto.  
 
El PGC, por su parte, adopta el método indirecto tal y como recogemos en la siguiente figura:
 y en relación con su formulación, el P.G.C. establece lo siguiente:

 

En la segunda parte nos ocuparemos de la:
  • Presentación en el modelo normal de las cuentas anuales (recordamos que no existe modelo abreviado, ni tampoco existe la obligación de formular este estado contable en el P.G.C. de PYMEs, ver por ejemplo aquí), y
  • Las utilidades y aplicaciones del Estado de Flujos de Efectivo en la gestión empresarial.

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El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN).

Publicado por Antonio Esteban en diciembre 28, 2008

Con la Reforma Contable realizada en nuestro país y, sus manifestaciones más recientes –Reforma Mercantil, Ley 16/2007, y la aprobación del Nuevo Plan General de Contabilidad (NPGC), se contemplan las Cuentas Anuales –vehículo de transmisión de la información contable suministrada por las empresas- con dos nuevos estados o documentos contables a incorporar a los tradicionales (Balance, Pérdidas y Ganancias y Memoria): el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN) y el Estado de Flujos de Efectivo (EFE).

El ECPN pone de manifiesto, según se desprende de su denominación, las variaciones experimentadas por el patrimonio neto de la empresa. Variaciones que serán explicitadas cuantitativa y cualitativamente en lo que respecta a su naturaleza y causas tanto económicas como contables.  El registro contable de estas variaciones se realizará en las cuentas del patrimonio neto que establece el P.G.C. y que podemos observar en los gráficos siguientes:

pneto121
pnet212

En relación a su composición el P.G.C. establece dos partes como se muestra a continuación: 

pn1ac3

De esta forma en el ECPN se mostrará la variación experimentada por el patrimonio neto según las operaciones que constituyen su origen; así, todas las transacciones o hechos que constituyan ingresos o gastos –registrados en pérdidas y ganancias, o en patrimonio neto- se presentarán en la primera parte (estado de ingresos y gastos reconocidos) y todas las operaciones con los propietarios se mostrarán en la segunda parte (estado total de cambios en el patrimonio neto).

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La presentación, modelo normal,  la realiza el Plan diferenciando las dos partes mostradas como quedan a continuación:

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Salida de la crisis: ¿contabilidad creativa?

Publicado por Antonio Esteban en diciembre 21, 2008

contabilidad2Puede calificarse la contabilidad creativa como el sistema de contabilidad moldeado por y para las necesidades de imagen de la empresa y es causada por el pensamiento especulativo a corto plazo (un análisis detallado de sus consecuencias puede verse aqui). En definitiva las empresas, con contabilidad creativa,  utilizan la valoración, el registro y la presentación de las operaciones que realizan  -y las que no realizan- de forma interesada. ¿Esto es utilidad y relevancia de la información contable? Consideramos que no.

Existen diversas calificaciones de las prácticas consideradas como contabilidad creativa, una de ellas podría ser la que se recoge en la siguiente figura:

creativa1

Es sabido que las administraciones trabajan, unas con más acierto que otras, en aprobar medidas que permitan salir de la crisis, a veces:

  • bajo el paraguas de medidas anti crisis (mejora de la liquidez), o
  • en forma de rescates (inmobiliario y  financiero) y, recientemente
  • con modificaciones legislativas (para paliar la delicada situación patrimonial de muchas empresas).

Evidentemente, los efectos se observarán con el horizonte temporal adecuado a la naturaleza de la medida correspondiente. Del conjunto de medidas, enunciadas con anterioridad, quisiera centrarme en las últimas modificaciones legislativas referentes a:

  1. La configuración y gestión del patrimonio neto en determinadas operaciones societarias, vinculadas a las pérdidas acumuladas (reducción obligatoria de capital social y disolución) realizada el pasado 12 de diciembre.
  2. La aprobación de libertad de amortización de inmovilizados, en los dos próximos años, condicionada al mantenimiento del empleo, que se contempla en la Ley aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 18 de diciembre, en el contexto de la que se conoce como Ley de supresión del Impuesto sobre el Patrimonio.

En primer lugar, si esto lo hubieran realizado las empresas, hace un mes por ejemplo ¿sería calificado como contabilidad creativa? de acuerdo con la calificación efectuada anteriormente ¿sería legal o ilegal?

En segundo lugar, aunque las consecuencias de las estas medidas (modificaciones legislativas) deberán evaluarse con la proyección adecuada, existe una sensación generalizada, al menos en mi entorno profesional, que los problemas de financiación y de liquidez de las empresas no se solucionan. Aunque es cierto, en el plazo de dos años -vigencia de la modificación del Real Decreto-Ley que configura el nuevo patrimonio neto- sí que las cifras de disolución de sociedades y reducciones de capital se reducirán considerablemente. No obstante, sabemos que es una medida excepcional y tansitoria, qué pasará en los años siguientes que no tenga validez la norma. 

Y, en tercer lugar ¿podría considerarse que el Gobierno hace contabilidad creativa? mejorando -de forma transitoria y con carácter excepcional -las cifras de empresas con  problemas de supervivencia. 

 

 

Vía: Propuestas para combatir la contabilidad creativa

         El patrimonio neto se adapta a la crisis

 

Imagen: flickr, guerra994, inserción propia

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El regalo navideño para el sector inmobiliario.

Publicado por Antonio Esteban en diciembre 16, 2008

2168352735_07c5c72033Llega el regalo navideño para el sector inmobiliario a través del Boletín Oficial del Estado.  Efectivamente, el pasado 13 de diciembre se publicó el Real Decreto-Ley 10/2008, para la mejora de la liquidez de las pymes y otras medidas complementarias, que posteriormente detallamos. ¿Es un balón de oxigeno para el sector?

Analicemos la situación; anunciado hace algunas semanas y en ejecución el rescate bancario, era de esperar el  rescate inmobiliario,  por parte de la administraciones, en particular, del Gobierno. De   lo contrario en 2009 las expectativas, lamentablemente, de situaciones de insolvencia, liquidaciones y liquidaciones de sociedades del  sector, eran alarmantes.

Es conocida y asumida la peculiar relación existente entre las entidades financieras y los promotores;  dos sectores, de un indudable potencial inversor y de generación de empleo en nuestra economía.

Advertimos, desde hace algunos meses, que esta relación no es tan fluida como hasta hace poco. Y resulta evidente que el deterioro en las citadas relaciones, probablemente, sea consecuencia de la avalancha de concurso de acreedores presentados. Es decir, desequilibrios financieros, falta de liquidez  para hacer frente a las deudas a su vencimiento, para muchas empresas del sector y con evidentes desfases patrimoniales con implicaciones en la superviviencia de muchas sociedades, por el desequilibrio entre el patrimonio neto y su capital social.

No entramos en el análisis del origen de la situación financiera por la que atraviesan las empresas españolas y, en particular, las promotoras inmobiliarias, si es efecto  de la limitación del crédito de las entidades financieras, de la crisis financiera y económica  mundial o fruto de los excesos de la burbuja inmobiliaria, que parecía que lo resistía todo. Probablemente sea una mezcla de las citadas circunstancias y, en cualquier caso, una estrategia de gestión mal  desarrollada y peor financiada.

En esta situación el sector inmobiliario está pagando los errores, excesos y abundancia de dinero fácil y barato, de otros tiempos, no tan lejanos. Pero, las entidades financieras, la gran banca en particular, también los ha cometido, y los ¿ha asumido, rectificará o esperará al siguiente rescate

El balón de oxigeno comentado se materializa:

 En primer lugar, se produce una modificación en el cómputo de las pérdidas en los supuestos de reducción de obligatoria de capital social en la sociedad anónima y de disolución en las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, modificando para ello: el Texto Refundido de la ley de Sociedades Anónimas y  la Ley 2/1995, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

En dichos escenarios no se computarán las pérdidas, ocasionadas por deterioro de valor derivadas: del inmovilizado material, de inversiones inmobiliarias, y  de existencias.

Esta modificación en el ordenamiento jurídico mercantil, de un gran número de las sociedades mercantiles de nuestro país, se lleva a cabo con un ámbito de vigencia de dos años. Esto es, se suspende en los próximos dos años, el cómputo de las pérdidas por deterioro de los elementos patrimoniales citados, a efectos de la relación que hay que establecer entre patrimonio neto corregido -puede verse aquí el detalle- y el capital social a efectos de la reducción obligatoria del capital social y de la disolución de sociedades.

Y en segundo lugar, sin apenas incidencia en el sector, con implicaciones jurídicas-formales de consideración, el citado Real Decreto-Ley de 12 de diciembre  modifica el Código de Comercio (artículo 36) para no incluir como patrimonio neto los ajustes por cambio de valor originados en operaciones de cobertura de flujos de efectivo pendientes de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias en los siguientes escenarios: distribución de beneficios, reducción obligatoria de capital social, y disolución obligatoria por pérdidas.

Desde nuestro punto de vista, el balón de oxigeno que cuestionabamos, es cierto, tangible y esperanzador. Pero, ojo, el sector no puede dormirse, tiene dos años para recomponer su situación patrimonial. ¿Qué ocurrirá si no produce el equilibrio patrimonial exigido?  Ni pensarlo, mejor nos ponemos a trabajar.

 

Imagen, flickr: spainning

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